Es complicado.

Por una parte las leyes establecidas por el Gobierno, no nos amparan mucho que digamos. Disponemos de 4 meses de baja por maternidad, que se pueden llegar a convertir en 5, si juntamos las horas de lactancia que nos pertenecen hasta que el bebe tenga 9 meses ( son unos 15 dias mas), y algunos dias de vacaciones, que nos
hayamos dejado para poder ampliar, como ya digo, un poco mas, la estancia al lado de nuestro hijo.

Luego, vienen las decisiones.
Quien lo tenga claro, y disponga de los medios necesarios para dejar a su hijo al cuidado de algun familiar o en guarderias, se incorporara al trabajo, sin ningun impedimento. Si a esto se le une, que su situacion economica no es boyante, pues si o si, debe incorporarse a su trabajo a jornada completa, tal y como se lo plantee la empresa.

Pero, y las madres que no pueden permitirse una guarderia, o no lo pueden dejar al cuidado de ningun familiar? o simplemente aquellas madres que quieran cuidar ellas mismas de su bebe?…para estas madres, existe la jornada reucida.
Aqui, el empresario, no pondra buena cara, aunque tambien depende de las caracteristicas de la empresa. Si se trata de una pequena empresa de pocos trabajadores, quiza el companerismo, haga que tu reduccion sea mas llevadera, ya que te ayudaran con tu trabajo en tu ausencia. Pero, quiza sea una empresa mediana, donde tengas un turno de trabajo, que nadie quiera cubrir, nadie te va a echar una mano, y aqui, sera tu jefe, quien al tener que mover cielo y tierra para cubrir tus horas de ausencia, te ponga, mala, no, malisima cara.

Porque encima, por ley, eso si, estamos respaldadas, podemos denunciar un, por ejemplo, despido improcedente.

El caso es, que si comparas con otros paises europeos, cada pais tiene sus leyes con respecto a las bajas maternales. Pero, por que, no existe una ley comun a todos los paises? Asi, por ejemplo, en Bulgaria, son 52 semanas de baja, en Dinamarca 18, Hungria 24 semanas, Noruega 42, Reino Unido 40 (aunque remuneradas solo 18). En fin, nuestra baja de 16 semanas, al menos son todas remuneradas , cobrando un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora. Vamos, que cobramos mas que trabajando!. Y encima, el empresario tan contento, pues durante esos meses, es la seguridad social quien nos abona mensualmente el dinero.

Para que tengais una idea, aunque cuando deis a luz, ( por lo menos en mi caso) en el hospital, te facilitan una serie de documentos informativos acerca de los tramites que debes realizar cuando nace el bebe, los documentos a aportar son:

Por una parte, estan los documentos a aportar para la baja maternal:

* Mientras estas embarazada, si te debes ir por motivos de salud, antes de dar a luz, de baja, debes semanalmente, hasta que tengas al bebe, recoger una baja por enfermedad, que tu medico de cabezera te dara. Debe ser tu medico de cabecera, y entregar a tu empresa.
*Una vez has dado a luz, debes volver nuevamente a tu medico de cabezera, para que te de la baja por maternidad ( por supuesto, puede ir cualquier familiar en tu nombre), con este documento, y :

-el certificado de nacimiento
-el DNI o tarjeta de la seguridad social
-libro de familia
– las ultimas nominas
-una copia de la ultima declaracion a Hacienda
-una copia del numero de cuenta para abonar la nomina.
– el documento que te aporte la empresa

Acudir a las oficinas de la seguridad social, y presentar todos estos documentos, para asi, procesar la baja, y cada mes te abonen en tu cuenta tu salario.

Si tu pareja tambien solicita la baja por paternidad, son 13 dias, mas los 2 dias de ausencia, el del nacimiento y el dia siguiente natural.
Se pueden solicitar inmediatamente, o dentro de los primeros 9 meses desde el naciemiento.

Al igual, que en el caso de la madre, es tambien la seguridad social, quien abona estos 13 dias, La documentacion que debe aportar el padre para solicitar dicha baja: el documento que le aporte la empresa, el certificado de nacimiento, DNI, ultima nomina, recibo del banco donde aparezca el numero de cuenta, y rellenar el impreso oficial de solicitud de paternidad.

IMPORTANTE, es tambien, la ayuda que el Gobierno nos concede de 100euros mensuales, hasta que el bebe cumpla 3 anos.

Eso si,debemos ser mujeres trabajadoras.
Es decir, cotizar a la seguridad social. Asi que, aunque es incongruente, ya que tanto si trabajas como si no, dicha ayuda deberia de otorgarse, solo es la mujer que trabaja fuera de casa, quien se beneficia de dicha ayuda./ Repito: no se cobra si estas en paro, aunque si, si estas de baja por enfermedad, o por embarazo con un contrato todavia vigente.